EDICTO
- ÁNGEL ALVAREZ BANEGAS, JORGE FERNANDEZ TARDÍO Y JAVIER CORDERO SALCEDO, FISCALES DE MATERIA ADSCRITOS A LA DIVISIÓN PROPIEDAD, CRIMEN ORGANIZADO Y ECONÓMICO – FINANCIERO DE LA FELCC – SCZ, (CORPORATIVA DEL GRUPO N° 1).
Hace saber a la ciudadana SARA COSSIO CORRALES que dentro de la investigación seguida a denuncia de MONICA TUDELA EGÜEZ, en representación legal de OLIVIA CALUSTRO ROJAS por la presunta comisión de los delitos de AVASALLAMIENTO y ESTELIONATO, previstos y sancionados por los Arts. 35 / Bis y 337 del Código Penal, caso signado con el No. FELLC-SCZ 1604370 al desconocerse su paradero conforme al informe del asignado del caso, en aplicación del Art. 165 del Pdto. Penal, emplaza a SARA COSSIO CORRALES a comparecer ante el Ministerio Público de la Corporativa N° 1 de delitos patrimoniales, con domicilio procesal en la Av. Litoral N° 400, para que esté a derecho y preste su declaración informativa policial, acompañada de su Abogado defensor y portando su cédula de identidad, conforme a lo previsto en los Arts. 92, 94, 95, 97 y 98 del Código de Procedimiento Penal y con las Garantías Constitucionales que establecen los Arts. 115, 116, 117, 119 y 121, de la Constitución Política del Estado, asimismo se le emplaza para que de conformidad a los previstos por la última parte del Art. 165 de la Ley 1970, comparezca a asumir su defensa dentro del plazo de 10 días computables a partir de la fecha de la última publicación del presente Edicto, que se hará en dos publicaciones con un intervalo de cinco días entre ambas publicaciones en un medio escrito de circulación Nacional. En caso de que la citada no comparezca se le librara orden de aprehensión, se presentara imputación formal en su contra y se solicitará al juez del control jurisdiccional la rebeldía de acuerdo a lo previsto por el Art. 87 y 89 del Código de Procedimiento Penal.