EDICTO DE PRENSA
PARA: LA EMPRESA IFICORP DE: MERIDA BALCAZAR MIGUEL FREDDY con NIT 3189875010.
LA DRA. PATRICIA I. MÉNDEZ DURAN JUEZ TERCERO DE PARTIDO DEL TRABAJO Y S.S., HACE CONCOCER QUE DENTRO DEL PROCESO COACTIVO SOCIAL SEGUIDO POR LA SOCIEDAD ANÓNIMA “PREVISIÓN BBVA-ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES S.A.” (BBVA PREVISIÓN AFP S.A.) CONTRA LA MENCIONADA EMPRESA, SE HAN REALIZADO LAS SIGUIENTES ACTUACIONES PROCESALES: MEMORIAL DE FS. 177.- Señor Juez, de acuerdo al estado del proceso hacemos conocer a su autoridad que el empleador luego de haber tenido conocimiento de la presente demanda a regularizar su mora administrativamente presentado los descargos correspondientes a los conceptos de: a) Contribuciones y b) Interés por Mora, el interés Incremental, que se encuentran contemplados en el Art. 115 de la (Ley de Pensiones) “ORDEN DE PRELACION EN EL PAGO”, sin embargo a la fecha adeuda a esta AFP el pago por concepto de Gastos Judiciales y Administrativos, los cuales se encuentran establecidos en los incisos c) y d) del mencionado Artículo y que se encuentran consignados en la Nota de Debito insertadas en el presente proceso, monto que asciende a la suma de Bs. 468,40, (CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO 40/100 BOLIVIANOS), conforme lo dispone en el Art. 29 del Decreto Supremo Nº 778 DE 26 de enero de 2011 que expresa: “los gastos judiciales y administrativos que demanden los procesos judiciales para la recuperación de la mora, serán del tres por ciento (3%), calculados sobre el importe neto adeudado e incorporado a la Nota de Debito. Dicho porcentaje no aplica a recargos, intereses ni la comisión que corresponde a la GPSS”. Por lo expuesto solicito a su Autoridad que intime al empleador IFICORP DE: MERIDA BALCAZAR MIGUEL FREDDY. NIT 3189875010, al correspondiente pago de los GASTOS JUDICIALES Y ADMINISTRATIVOS, conforme dispone el Artículo 29 del Decreto Supremo Nº 778 de 26 de enero de 2011, Reglamento de Desarrollo Parcial a la Ley 065. OTROSÍ.- Adjunto al presente, carta de cobro de Gastos Judiciales y Administrativos. Santa Cruz de la Sierra, 16 de mayo de 2019. DECRETO DE FECHA 21 DE MAYO DE 2019 CURSANTE A FS. 178: En atención al memorial que antecede. Con la solicitud de Retención por concepto de Gastos Judiciales de la parte coactivante, córrase traslado a la parte demanda. NOTIFIQUESE.- Firma y sello: Patricia I. Méndez Duran, Juzgado Tercero de Partido del Trabajo y S.S.- Firma y sello: Dr, Miguel A. Coca Saibury Secretario- Abogado Juzgado 3º de Partido del Trabajo y S.S. de la Capital Santa Cruz Bolivia, MEMORIAL DE FS. 179: Señor Juez, dando cumplimiento a lo ordenado por su autoridad, siendo que la presente causa se procedió a citar a la parte Coactivada mediante edictos de prensa; al amparo del Art. 78 del Nuevo Código Procesal Civil, solicito su probidad ordene que la notificación con los GASTOS JUDICIALES se la efectué de la misma manera, para cuyo efecto deberá franquearse por secretaria el correspondiente edicto para las publicaciones de prensa. Santa Cruz de la Sierra, 30 de Julio del 2019. Firma y sello: f Kendal Plaza Justiniano; Firma y Sello: Abogado. PROVIDENCIA DE FECHA 01 DE AGOSTO DE 2019 CURSANTE A FS. 180: En atención al memorial que antecede. Por secretaria procédase a elaborar el edicto solicitado por la parte coactivante con la solicitud de cancelación por concepto de Gastos Judiciales: ES TODO CUANTO SE TRANSCRIBE EN EL PRESENTE EDICTO DE PRENSA A LOS FINES DE LEY.-
Nota: El presente edicto fue elaborado por el Dr. Miguel A. Coca Saibury- Secretario y Abogado Juzgado 3º de Partido del Trabajo y S.S. de la Capital Santa Cruz – Bolivia
Santa Cruz de la Sierra, 23 de Septiembre del 2019.