EDICTO DE PRENSA
PARA LOS HEREDEROS DEL DE-CUJUS. DEMANDADO; MELGIOR BANEY GONZALES
Dra. ELSA DIGNA PADILLA BALCAZAR, JUEZ 28 PUBLICO EN LO CIVIL COMERCIAL DE LA CAPITAL- HACE SABER: Que dentro de! proceso de DILIGENCIAS DE PREPARATORIAS seguido por RODOLFO AMADEO HOLZMANN NANO contra MELGIOR BAENY GONZALES.- SE HAN PRODUCIDO LAS SIGUIENTES ACTUACIONES PROCESALES: DEMANDA DE FS.1 y vlta.- SEÑOR JUEZ PÚBLICO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE TURNO DE LA CAPITAL Demanda Diligencias preparatorias. Señor juez público en materia civil y comercial de turno de la capital, Solicito.- en diligencias preparatorias.- Reconocimiento de las mejoras.. De escrituras de documento privado de contrato, Sobre comisión de venta de planta procesadora, De maíz en Mairana.- RODOLFO AMADEO HOLZMANN NANO.- mayor de edad, hábil por ley, con C.l. No. 3936042-SC, con Domicilió en la Ciudad de Santa Cruz, Condominio Costa Blanca Casa 3, Tercer Anillo Externo y Avenida Bush, presentándome ante Ud. Con el debido respeto, DIGO Y PIDO: ES demandado es la Empresa COMPAÑÍA BAENY GONZALÉS, con Domicilio en la Avenida Alemana y Sexto Anillo, protestando de nuestra parte conducir al Oficial de Diligencias de su Juzgado a los efectos de su citación legal, acompaño croquis. Resulta Sr. Juez que mediante Documento Privado de Contrato Sobre comisión de Venta de Planta Procesadora de Maíz en Mairana de fecha 10 de Febrero de 2017, el Sr. MELGAR BAENY GONZALES, con C.l. No. 762253 – Cbba., en vida, Contrata mis servicios como comisionista por un precio libremente convenido del 3% sobre el precio de la compra¬venta de la mencionada planta. Por descuido de mi persona y al poco interés de la parte de mi contratante. Nombrada no realizamos en forma oportuna el Reconocimiento de Firmas y al presente al haber fallecido mi contratante, Solicito en DILIGENCIAS PREPARATORIAS EL .RECONOCIMIENTO DE FIRMAS, por parte de los Herederos de Sr. MELGIOR BAENY GONZALES del DOCUMENTO PRIVADO DE CONTRATO SOBRE COMICION DE VENTA DE PLATA PROCESADORA DE MAÍZ EN MAIRANA, el Mismo que se acompaña En origínales en conformidad con Arts. 306.- y 307.- del Código Procesal Civil, manifestando que en el futuro y una vez concluidos el presente de Diligencias Preparatorios demandare por la vía de la Ejecución.- OTROSI.- Solicito que previamente por Secretaria, se expidan oficios para las instrucciones del Servicio de Registro Civil (SERECI), a los fines que puedan certificar la descendencia del Sr. MELGIOR BAENY GONZALÉS. OTROSÍ 2.- Acompaño a la presente el DOCUMENTO PRIVADO DE CONTRATO SOBRE COMICION DE VENTA. DE PLANTA PROCESADORA DE MAÍZ EN MAIRANA, en original y fotocopia de mi Cédula de Identidad. OTROS! 3.- Se fijan los honorarios profesionales conforme al arancel establecido por el Ilustre Colegio de Abogado. OTROSÍ 4.- Admitida que sea mí demanda Pido que por la sección que corresponda a su digno despacho Ordene se me extienda el DESGLOSE de la Documentación Original dejando copia en su lugar.- OTROSI 5to.- Fijo como domicilió procesal el bufete del abogado que suscribe calle 24 de Septiembre No. 683, Edificio Schawann planta baja oficina No. 9. Santa cruz, 31 de Enero del 2019.- FDO. ILEGIBLE.- Santa Cruz de la Sierra, 13 de marzo 2019, Cumplido con lo observado.- VISTOS: Se admite la Diligencia Preparatoria de reconocimiento de firma de fs. 6 y vlta, y memorial que antecede, presentada por RODOLFO AMADEO HOLZMANN NANO, para lo que pudiera corresponder en derecho, de conformidad al art 305 con relación al art. 308 – 2-b) y 307 del Código procesal Civil (Ley 439), se cita y emplaza a los: HEREDEROS DE MELGIOR DAENY GONZALÉS pare que comparezcan a la audiencia señalada para el día LUNES 22 de ABRIL 2018 a horas 17:00 PM, a objeto de reconocer o negar la firma estampada en el contrato privado sobre comisión de venta de fecha 10 de febrero 2017, bajo prevenciones de darla por reconocidas sus firmas en caso de incomparecencia. Providenciando los otrosí de la demanda principal de fs. 6 y vlta.- Al otrosí 1º.- Ofíciese como se pide.- Al otrosí 2º.- Por adjuntada la documental.- Al otrosí 3º.- Se tiene presente los honorarios.- Al otrosí 4º.- Desglósese quedando en su tugar fotocopia legalizada.- Al otrosí 5º.- Por señalado el domicilio procesal.- Regístrese, archívese copia.- Memorial que le sigue a fs. 24.- Señor juez publico no. 28 en materia civil y comercial de la capital Solicita.- citación por Edicto Exp. No 47/19 Nurej 70204128 RODOLFO AMADEO HOLZMANN NANO, dentro del proceso de Diligencias Preparatorias de Reconocimiento de Firmas de Documentó Privado de Contrato Sobre Comisión de venía de planta procesadora, que sigo contra los herederos del Sr. MELGIOR BAENY GONZALES, ante Ud, Con el debido respeto, digo y pido: Por el informe evacuado por la Oficia! de Diligencias de su Juzgado, se establece que no se ha podido realizar las citaciones a los demandados herederos de MELGIOR BAENY GONZALES, y tampoco las certificaciones expedidas por el Servicio de Registro Cívico Santa Cruz del tribunal Supremo Electoral y certificación de! Servicio General de identificación Personal. Establecen el domicilio de los herederos de! que en vida fue MELGIOR BAENY GONZALÉS, quienes son Sebastian baeny céspedes, pablo andres baeny aue, Melgior Baeny Aue y Gustavo Baeny Aue, a quienes solicito se los cite por EDICTO DE PRENSA, previo juramento de desconocimiento de domicilio en conformidad al Art. 78 parágrafo I Y II DEL Código Procesal Civil. Santa Cruz de la Sierra, 12 de Julio de 2019.- Acta de juramento de DESCONOCIMIENTO DE DOMICILIO de fs. 25.- En Santa Cruz de la Sierra, horas 4.41 P.M. del lunes 12 de agosto del año 2019, se constituyó el tribunal del juzgado Publico No. 28 en lo Civil y Comercial de la capital compuesto por Juez Dra. Digna Padilla Balcázar Juez Publico No. 28 en lo Civil y Comercial de la capital y el suscrito secretario Dr. Alejandro Arauz Arteaga que certifican, el cumplimiento al DECRETO de fecha 17 de Julio de 2018, saliente a Fs. 24 vlta. Del expediente, a objeto de tornar juramento de ley sobre desconocimiento de domicilio de conformidad con el Art. 78.II del Código Procesal Civil, dentro del proceso DILIGENCIA PREPARATORIA DE RECONOCIMIENTO DE FIRMAS seguido por RODOLFO AMADEO HOLZMANN contra MELGIOR BAENY GONZALES. Abierto el acto indicado, la señora juez, procedió a tomar el juramento de ley a: RODOLFO AMADEO HOLZMAN NANO con C.l. 3936042 SC, mayor de edad y hábil por ley y la Av. Bush, de esta ciudad quien manifiesta desconocer el domicilio en Condominio Costa Blanca I, Casa No.3 entre tercer y ¡ruarte anillo de herederos de DE-CUJUS, MELIGIOR BAENY GONZALES para poder citados mediante edicto de prensa con todos los actuados pertinentes del expediente. Con lo que termino el presente acto, firmando el demandante, conjuntamente con la Señora y el suscrito secretario, que certifica.
ES TODO CUANTO SE HACE SABER A LOS HEREDEROS DEL DE-CUJUS MELGIOR BAENI GONZALES PARA FINES CONSIGUIENTES DE LEY, SANTA. CRUZ DE LA SIERRA 28 DE AGOSTO DE 2019.-