EDICTO
PARA EL ACUSADO: JOSÉ HÉCTOR DUCHEN TORRICO. QUE MANDA A LIBRAR: EL DOCTOR RENE BLANCO LEON.- JUEZ PUBLICO MIXTO DE INSTRUCCIÓN PENAL 1º DE MINERO PROVINCIA OBISPO SANTISTEVAN DEL DEPARTAMENTO DE SANTA CRUZ, HACE SABER QUE DENTRO DEL PROCESO PENAL QUE POR EL PRESUNTO DELITO DE SEDICIÓN, INSTIGACIÓN PUBLICA A DELINQUIR, ASOCIACIÓN DELICTUOSA, DESORDENES Y PERTURBACIONES PUBLICAS Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD QUE LE SIGUE EL MINISTERIO PUBLICO CONTRA JOSÉ HÉCTOR DUCHEN TORRICO Y OTROS. A LA FECHA SE HAN PRODUCIDO LAS SIGUIENTES ACTUACIONES JUDICIALES QUE A CONTINUACIÓN DE TRANSCRIBEN.- DECRETO DE FS. 1126 DE OBRADOS.- Minero, 04 de Septiembre de 2.017.- En atención a los actuados procesales y en Atención a la Circular 006 de fecha 17 de octubre del 2014. Téngase por radicada la ACUSACIÓN FISCAL y a los efectos de llevar a cabo la AUDIENCIA CONCLUSIVA prevista en el Art. 325 del Código de Procedimiento Penal, modificado por la Ley 007 de fecha 18 de Junio de 2010, a dictarse dentro del proceso penal seguido por el MINISTERIO PUBLICO CONTRA IBER CARBALLO MOREIRA, JOSÉ HÉCTOR DUCHEN TORRICO, ALFREDO PASTOR VELIZ NUÑEZ, JESÚS MÉNDEZ MERCADO, JULIO CESAR COSTAS LIMPIAS, RAFAEL TORREZ MELGAR, HÉCTOR CANDIDO CONTRERAS VELASCO Y BLADIMIR CHAVEZ ROCA acusados por el delito de SEDICIÓN, INSTIGACIÓN PUBLICA A DELINQUIR, ASOCIACIÓN DELICTUOSA, DESORDENES Y PERTURBACIONES PUBLICAS Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto y sancionado por el Art. 123, 130, 132, 134 y 159 del Código Penal con dicha finalidad se señala audiencia oral y pública para el día Viernes 13 de Octubre de 2.017 a Hrs. 10:00 a.m. Audiencia que se llevará a cabo en la Fiscalía de la ciudad de Montero, ya que los imputados está en libertad.- Se advierte a los imputados en caso de no tener abogado defensor, conforme el Art. 9 de la ley 1970, inmediatamente se le nombrara un Abogado defensor de oficio.- Asimismo por Secretaria líbrese edicto de prensa conforme el Art. 165 de la Ley 1970, para notificar al acusado JOSÉ HÉCTOR DUCHEN TORRICO y como lo ha solicitado la señor Fiscal en fecha 21 de Julio de 2.017.- Se advierte a las partes que tiene el termino de 5 días a partir de su notificación con la presente providencia, para examinar la acusación fiscal las actuaciones y evidencias en la investigación con fines de ejercer sus derechos para tal efecto el Ministerio Público deberá presentar también dentro el término de 5 días de notificado con la presente convocatoria a audiencia, todas las actuaciones, pruebas y evidencias que respalda su pliego acusatorio en estricto cumplimiento a lo establecido en el Art. 325 párrafo segundo de la ley N° 007.- La parte querellante o victima dentro del mismo término de cinco días a partir de la notificación con la presente convocatoria, deberá presentar su acusación particular, ofrecer y presentar sus pruebas al cuaderno procesal.- El acusado dentro del término de cinco días de notificado con la presente convocatoria o audiencia conclusiva, deberá presentar sus medios de prueba y evidencia para considerar y examinar en la audiencia conclusiva Oral y Pública.- Se advierte a las partes, que si no ofrecen y presentan sus pruebas y evidencias dentro del término común de los cinco días desde su notificación desde su notificación, se tendrá por no ofrecidas ni presentadas las pruebas al juicio oral y público y no formaran parte de la exanimación y cuestionamiento en la audiencia conclusiva señalada. La audiencia conclusiva en su orden se circunscribirá sobre los cuestionamientos incidentales previsto en los incisos a), b), c), d) y e) señalados en el Art. 325 del Código de Procedimiento Penal, modificado por la Ley 007 de fecha 18 de Mayo 201T). Notifíquese al Ministerio Público, al querellante y al acusado en forma personal conforme lo dispone el Art. 163 inc.1) de la ley 1970. Las partes deberán constituir domicilio procesal dentro la Jurisdicción del juzgado en aplicación al Art. 72 del Código Procesal Civil. Notifíquese por el Señor Oficial de Diligencias dentro de las 24 horas a las partes procesales.- Fdo. Ilegible. Dr. René Blanco León- Juez- juzgado Público Mixto de Instrucción Penal 1º de Minero.- Fdo. Ilegible. Dr. Marco Antonio Mancilla Flores -Secretario – Juzgado Público Mixto de Instrucción Penal 1º de Minero.- ES TODO CUANTO SE HACE SABER MEDIANTE EL PRESENTE EDICTO DE PRENSA AL ACUSADO: JOSE HECTOR DUCHEN TORRICO: MINERO 26 DE SEPTIEMBRE DE 2.017.